De conformidad con lo establecido en la Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad, Decreto número 18-2008 del Congreso de la República, el Plan Estratégico de Seguridad de la Nación es el instrumento por medio del cual el Consejo Nacional de Seguridad define el conjunto de acciones que deben realizar las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Seguridad, para alcanzar la Seguridad de la Nación. Su formulación y propuesta es función de la Comisión de Asesoramiento y Planificación.
Este instrumento se constituye en un marco integrador de las diferentes funciones y competencias de las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Seguridad; se caracteriza por ser el enlace político-estratégico a la planificación institucional. Cumple la función primordial de desarrollar los Programas Estratégicos de Gobernanza Integral en una arquitectura programática y presupuestaria que da cumplimiento de la Política Nacional de Seguridad.
El Plan Estratégico, constituye un elemento instrumental dinámico mediante el cual el Estado transmite los resultados necesarios a alcanzar; identifica los recursos y define los elementos de control que permite evaluar y verificar el alcance de los resultados estratégicos e institucionales, así como su efectividad e impacto en el cumplimiento de los objetivos de Seguridad de la Nación.
La Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad en sus funciones de dar seguimiento a las políticas, planes y directivas determinadas por el Consejo Nacional de Seguridad; y de mantener activos los mecanismos de comunicación entre los miembros del Sistema Nacional de Seguridad; facilitará la implementación del Plan Estratégico de Seguridad de la Nación, desarrollando las labores de coordinación del Sistema para garantizar su acción integrada, eficiente y eficaz.